Estructura organizativa


 

Dirección.

   Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al   Claustro de profesores y al Consejo Escolar.

Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la
consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

     Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

   Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.

    Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

   Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo
directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro

Jefatura de estudios

Sustituir a la dirección del centro en caso de ausencia o de enfermedad.

Coordinar y velar por la ejecución de las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias del profesorado y del alumnado en relación con el proyecto educativo del centro, los proyectos curriculares y la programación general anual.

Confeccionar los horarios académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criterios establecidos por el claustro de profesores y aprobados por el consejo escolar y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.

Coordinar las actividades pedagógicas de los jefes de departamento.

Coordinar la acción de las tutorías, con la colaboración, en su caso, del departamento de orientación y de la comisión de tutorías y orientación del consejo escolar del centro, y de acuerdo con el plan de orientación y de acción tutorial incluidos en las concreciones curriculares.

Consejo Escolar

Aprobar y evaluar los proyectos y las normas.

Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del
Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.

Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

Participar en la selección del director del centro. Ser informado del nombramiento y cese de los
demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por
mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en la Ley.

Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa
vigente.

Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre
hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida.

Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la
obtención de recursos complementarios.

Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las
Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y
los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración
competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como
sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.


Claustro de profesores

Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los
proyectos del centro y de la programación general anual.

Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y
de la programación general anual.

Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en
la formación del profesorado del centro.

Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.

Evaluar los resultados de la aplicación de las normas de convivencia del centro, analizar los
problemas detectados en su aplicación y proponer, si procede, medidas e iniciativas que
favorezcan la convivencia en el centro.

Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que
éstas se atengan a la normativa vigente.

Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

Cap comentari:

Publica un comentari a l'entrada